sábado, 31 de marzo de 2012

Requisitos para percibir la prestación y período de cotización

Requisitos:
  • Tener menos de 65 años en la fecha del incidente o en otro caso, no reunir los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación contributiva del Sistema, si la incapacidad deriva de contingencias comunes.
  • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
    Se considera situación de alta especial la huelga legal o cierre patronal.
  • Tener cubierto un período previo de cotización, si la incapacidad deriva de enfermedad común.
 Período:

  •  De 1800 días de cotización comprendidos en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente.

    viernes, 30 de marzo de 2012

    Trámites necesarios para dar de alta una empresa o un autónomo.


        El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo o el fin de la actividad laboral del trabajador, o sobre las modificaciones de datos del mismo. Las altas iniciales funcionaran desde el primer día del mes natural en que cumplan todas las condiciones. Las altas fuera del plazo tendrán asimismo efectos desde el primer día del mes natural en que se reúnan los requisitos, y cuando se hayan ingresado las cuotas con los pagos e intereses correspondientes. El plazo de solicitud de alta es de 30 días naturales. Las solicitudes de alta, baja y variación de datos deberán estar firmadas por el trabajador autónomo.

    Alta del autónomo en la Seguridad Social y trámites en Hacienda

        Hay cuatro trámites básicos necesarios para cualquier autónomo. Deben realizarse antes de iniciar la actividad o en sus primeros días:
    • Alta censal en Hacienda: Se indica la actividad que va a desarrollar y el régimen fiscal al que se acogerá el trabajador. Se presentará antes de empezar la actividad.
    • Impuesto de Actividades Económicas: Es obligatorio tanto para el empresario como para el trabajador, aunque si su cifra de negocios es inferior a un millón de euros al año, no tendrán que pagarlo. Hay que presentarlo al menos diez días antes del inicio de la actividad.
    • Alta en la Seguridad Social: Es la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y debe realizarse en los 30 días naturales siguientes al alta censal.
    • Libro de Visitas: Es aquel documento en el que los Inspectores de Trabajo tendrán que anotar las actividades practicadas durante sus visitas. Es obligatorio para cualquier autónomo. Actualmente hay la posibilidad de solicitar un libro electrónico de visitas.

    jueves, 29 de marzo de 2012

    Opinión sobre la elevación de la edad de jubilación hasta los 67 años que se produjo en la anterior legislatura.

    No estamos de acuerdo acerca de la elevación de la edad de jubilación, porque las condiciones actuales del país obligan a empezar a trabajar con una edad tan temprana como antigüamente. La generación de jóvenes actuales necesitan estudiar durante varios años para poder conseguir un trabajo, lo cual conlleva empezar la actividad laboral a una edad más tardía, lo que significa que no se podrá cotizar los años suficientes para obtener la máxima pensión de jubilación.

    La edad de jubilación, en nuestra opinión, es elevada para algunos trabajos como por ejemplo cirujano, conductor de autobuses, albañil...debido a la complejidad y sobre todo a las condiciones físicas.